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La Secretaría General adelanta acciones de apoyo de carácter administrativo y Académico, orientadas al logro de los objetivos institucionales.
Inició actividades con fundamento en el Acuerdo No. 3038 del 1º. de Octubre de 1997, expedido por el Concejo Directivo de la Universidad y sus funciones le fueron asignadas por el Artículo 23 del Estatuto General, adicionadas en el Artículo 26 del reglamento General, de las cuales se destacan:
- Ejercer la Secretaría del Consejo Académico de la Universidad, elaborar sus actas y comunicar las decisiones que en desarrollo del mismo se adopten.
- Coordinar con los órganos de Dirección y Control y con las respectivas facultades, el proceso de verificación de cumplimiento de requisitos de grado, autorización de los mismos, elaboración de diplomas, registro de títulos.
- Administrar la información académica de los egresados de la Universidad, con fundamento en la cual atiende el proceso de certificación de notas y demás aspectos que requiera el egresado.
- Presidir el Comité de Secretaría General, integrado por los Secretarios Académicos de la Universidad.
- Dirigir las labores del Archivo Institucional, en orden a garantizar la conservación, guarda y custodia de los documentos que lo constituyen.
- Efectuar el registro de las decisiones (resoluciones y acuerdos) de los órganos colegiados de dirección y gobierno de Universidad, como el Claustro y los Consejos Directivos y Académico y disponer su archivo y conservación.
- Últimamente esta dependencia ha asumido la función de asesorar jurídicamente en la aplicación de las normas legales vigentes en materia de educación superior y en particular de Estatuto General de la Universidad y sus reglamentos. Igualmente asumió la organización de los convenios suscritos por la Universidad. |