Es el espacio creado por la Vicerrectoría Académica donde la comunidad universitaria elige a los representantes de los Docentes, Estudiantes y Egresados, con sus respectivos suplentes, que serán los voceros legítimos ante el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
Los representantes ejercerán sus funciones de conformidad con los estatutos y reglamentos de la Universidad El Bosque. Cualquier integrante de la comunidad académica podrá ser candidato con excepción de los estudiantes que tengan sanciones académicas o disciplinarias vigentes.
¿Cómo funcionan?
Las inscripciones para postularse como candidato se realizan en la Secretaría General los primeros quince días del mes de febrero. Las elecciones se realizan en los siguientes quince días; la fecha exacta es fijada por la Vicerrectoría Académica y será informada de manera oportuna. La jornada se llevará a cabo durante un día completo y el resultado se informará por los medios de comunicación internos de la Universidad.
¿Para qué son?
Sirven para que la comunidad académica pueda elegir, mediante votación, a sus representantes principales y sus suplentes que serán voceros ante el Consejo Directivo y el Consejo Académico. Los candidatos ganadores ejercerán sus funciones durante un año, dando inicio el 15 de marzo del año en curso y finalizando el 14 de marzo del año siguiente.
Funciones de los representantes
Los representantes harán parte del Consejo de Facultad y del Consejo Académico con el fin de aportar ideas y soluciones ante los nuevos retos que se presenten en la Universidad. Cuentan con las siguientes funciones colectivas:
- Elaborar su propio Reglamento.
- Asesorar al Decano en la dirección y orientación del proceso académico de Pre y Posgrado y Formación Avanzada de cada Facultad.
- Estudiar la creación y modificación de los contenidos currículares de los Programas Académicos.
- Proponer al Consejo Académico el otorgamiento de título a los estudiantes que hayan cumplido los requisitos exigidos por la Institución.
- Hacer cumplir el Reglamento Estudiantil y el Régimen de Personal Docente.
- Establecer y reglamentar el Comité de Currículo y los demás que considere necesarios.