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¿Ahorro o caja fiscal? Los riesgos del decreto para trasladar 25 billones a Colpensiones

Autor: Comunicaciones

28 de Abril de 2026

Tiempo de lectura: 3 minutos

Análisis expertos Universidad El Bosque sobre suspensión decreto traslado ahorro pensional a Colpensiones
Docentes de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad El Bosque analizan una medida que divide a juristas, desafía la reforma pensional y pone sobre la mesa una pregunta incómoda: ¿a quién le pertenece el ahorro de los trabajadores?

El gobierno del presidente Gustavo Petro ordenó, mediante decreto, que los fondos privados de pensiones transfieran a Colpensiones más de 25 billones de pesos en un plazo de entre 15 y 30 días. La medida, que aplica a 119.632 colombianos que usaron la ventana de traslado excepcional de la reforma pensional para pasarse del régimen privado al público, fue suspendida provisionalmente por el Consejo de Estado mientras la justicia decide si debe anularse de forma definitiva. Aunque no afecta a todos los cotizantes, sus consecuencias sí podrían sentirlas todos.

Un decreto que contradice su propia ley

Decisión judicial · 28 de abril de 2026

La Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 415 de 2026. El tribunal actuó con urgencia dado que los plazos del decreto —50% en 20 días y el restante en 10 días más— habrían hecho irreversible el traslado antes de cualquier decisión ordinaria. La suspensión se mantiene mientras se estudia si el decreto debe anularse de forma definitiva.

El gobierno argumenta que, bajo las reglas de la Ley 100 de 1993 —vigente mientras la Corte Constitucional no se pronuncie de fondo sobre la reforma—, quien cambia de régimen lleva consigo los recursos ahorrados. Colpensiones, dice el ejecutivo, ya está pagando pensiones a quienes se trasladaron y se jubilaron sin haber recibido los saldos correspondientes. El traslado, en esa lectura, corregiría una deuda pendiente.

Consulta sobre: ¿Qué cambia con la reforma laboral y pensional en Colombia y qué problemas enfrenta?

Además, si Colpensiones recibe esos 25 billones, el gobierno necesitaría girarle menos dinero del Presupuesto General de la Nación —que este año debe transferirle unos 33 billones—, liberando recursos en un momento de estrechez fiscal.

Sin embargo, el decreto choca con la norma que el propio gobierno impulsó. La Ley 2381 de 2024, que habilitó de manera excepcional el traslado entre regímenes, estableció con claridad que el dinero ahorrado debía permanecer en los fondos privados hasta que la persona cumpliera los requisitos para pensionarse y consolidara su derecho. El decreto ignoró esa regla y ordenó el traslado inmediato de los recursos, incluso para afiliados que aún no han adquirido ese derecho.

José Luis Rodríguez Casallas, docente de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad El Bosque, lo señala sin rodeos:

"Los decretos buscan justamente pasar ese dinero de los fondos privados a Colpensiones, lo que es inconveniente en tanto viola la misma ley que el gobierno logró aprobar. Desde el punto de vista jurídico, no tienen fundamento tales decretos, en virtud de la supremacía de la ley. Mal ejemplo hace que el mismo gobierno incumpla las leyes."

La Contraloría General de la República ha respaldado ese mismo argumento, y el Consejo de Estado llegó a una conclusión similar al suspender el decreto: el gobierno puede reglamentar las leyes para hacerlas aplicables, pero no puede cambiar su contenido ni reemplazar decisiones que le corresponden al Congreso.

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El profesor Rodríguez Casallas agrega que la incertidumbre tiene costos en cualquier escenario: si la Corte falla en contra de la reforma, el sistema debería revertirse al modelo anterior con todos los costos operativos que eso implica; si falla a favor, el tiempo de no implementación ya generó traumatismos difíciles de recuperar.

Dinero colombiano representa el ahorro pensional en riesgo por decreto de traslado a Colpensiones

Hay además un argumento constitucional que suele pasarse por alto: existe una disposición de rango constitucional que prohíbe usar el dinero de las pensiones para fines distintos al pago de estas. Eso significa que, independientemente de cómo resuelva la Corte, el ahorro pensional tiene una protección de fondo que ningún decreto puede desconocer.

El riesgo de gastar hoy lo que se necesita mañana

Si los 25 billones entran a Colpensiones y se destinan al pago de pensiones actuales, no quedarán como ahorro para respaldar las mesadas futuras. La reforma había previsto lo contrario: que esos recursos se guardaran en un fondo de largo plazo.

El profesor Eduardo Cabrera Casilimas, docente de la misma facultad con énfasis en gestión de recursos humanos, advierte que estas decisiones no ocurren en el vacío: 

"El sistema pensional no es únicamente una política pública, sino también un elemento fundamental de la seguridad laboral y del bienestar de los trabajadores a lo largo de su ciclo de vida profesional."

El sistema ya enfrenta retos estructurales que agravan el panorama: de los cerca de 26,6 millones de afiliados, solo alrededor del 46% cotiza de forma activa, reflejo de trayectorias laborales intermitentes y alta informalidad. Muchos no alcanzarán las 1.300 semanas de cotización requeridas para pensionarse, y más del 56% de los pensionados recibe una mesada equivalente a un salario mínimo.

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Sobre esa base frágil, las decisiones de corto plazo tienen consecuencias de largo alcance. El profesor Cabrera añade una lectura que pocas veces aparece en el debate público: para él, la reforma tiene una lógica primordialmente fiscal —de reducción de costos para el Estado— más que de ampliación de derechos pensionales, y sus proyecciones apuntan a mesadas sensiblemente más bajas para las generaciones que no entren al régimen de transición.

¿Qué sigue?

La Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió el decreto de forma provisional, pero la batalla jurídica está lejos de terminar. El tribunal deberá decidir si lo anula de manera definitiva, y la Corte Constitucional aún no ha fallado de fondo sobre la reforma pensional. La suspensión se tomó con urgencia precisamente porque los plazos del decreto eran tan cortos que, de haberse esperado el trámite ordinario, el dinero ya habría sido trasladado antes de cualquier decisión judicial.

Mientras tanto, el profesor Cabrera recuerda que el debate pensional no se resuelve solo en los tribunales: requiere corresponsabilidad entre el Estado, las organizaciones y los trabajadores. En un país donde la informalidad laboral sigue siendo la norma, entender cómo funciona y cómo se protege el ahorro pensional no es un asunto de expertos. Es una pregunta que cada trabajador debería poder responder sobre su propio futuro. 

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Comunicaciones

Profesora de la Universidad El Bosque, es autora de un libro diseñado para manejar de forma adecuada las finanzas personales.

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